Las empresas y las cooperativas de trabajo asociado habrán de estar en alta en el Impuesto de Actividades Económicas y tener asignado Código Cuenta Cotización.
No serán objeto de subvención:
- a) Contrataciones realizadas con personas trabajadoras que, en los veinticuatro meses anteriores a la fecha de la contratación, hubiesen prestado servicios en la misma empresa o grupo de empresas mediante un contrato por tiempo indefinido.
- Lo dispuesto en el párrafo precedente será también de aplicación en el supuesto de vinculación laboral anterior de la persona trabajadora con empresas a las que la solicitante de los beneficios haya sucedido en virtud de lo establecido en el artículo 44 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
- b) Contrataciones realizadas con personas trabajadoras que hayan finalizado su relación laboral de carácter indefinido en un plazo de tres meses previos a la formalización del contrato.
- (Disposición Adicional 5ª Ley 45/2002, de 12 de diciembre).