Entidades jurídicas tales como medios de comunicación o agencias de noticias, organizaciones sin ánimo de lucro, universidades e instituciones de educación, centros de investigación y grupos de reflexión, asociaciones de interés europeo, entidades privadas y autoridades públicas.
La finalidad principal es apoyar la elaboración y difusión de información y contenidos relacionados con la política de cohesión de la UE, incluidos, entre otros, el Fondo de Transición Justa y el Plan de recuperación para Europa, respetando al mismo tiempo la plena independencia editorial de los actores implicados.
El contenido exacto de las medidas de información propuestas dependerá del criterio editorial de los solicitantes. La independencia editorial estará garantizada por una carta de independencia que formará parte del convenio firmado entre la Comisión Europea y los beneficiarios de las subvenciones.
Los objetivos específicos de la presente convocatoria de propuestas son los siguientes:
✔ Promover y favorecer una mejor comprensión del papel que desempeña la política de cohesión de la UE a la hora de respaldar a todas las regiones de la UE.
✔ Dar a conocer en mayor medida proyectos financiados por la UE, especialmente a través de la política de cohesión, y de su impacto en la vida de los ciudadanos. ✔ Difundir información y estimular un diálogo abierto sobre la política de cohesión, sus resultados, su papel en lo que se refiere a dar respuesta a las prioridades políticas de la UE y su futuro.
✔ Fomentar la participación ciudadana en asuntos relacionados con la política de cohesión y alentar la participación de los ciudadanos en el establecimiento de prioridades para el futuro de esta política.
Las propuestas deberán ilustrar y evaluar el papel de la política de cohesión en la realización de las prioridades políticas de la Comisión Europea y en la forma de abordar los futuros desafíos para la Unión Europea, sus Estados miembros, sus regiones y el nivel local. Más específicamente, deberán hacer referencia a la contribución de la política de cohesión a los siguientes aspectos:
▪ El fomento del empleo, el crecimiento y la inversión a nivel regional y nacional y la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos;
▪ El logro de las principales prioridades de la UE y los Estados miembros, que incluyen, junto al crecimiento y la creación de empleo, abordar el cambio climático, proteger el medio ambiente o mejorar la investigación y la innovación, entre otras cosas;
▪ El refuerzo de la cohesión económica, social y territorial en la UE, al tiempo que se reducen las diferencias entre países y regiones de la UE, así como dentro de estos;
▪ La ayuda a las regiones para que aprovechen la globalización y encuentren su nicho en la economía mundial;
▪ El refuerzo del proyecto europeo, puesto que la política de cohesión sirve directamente a los ciudadanos. Los resultados y las realizaciones que se esperan son:
▪ Aumentar la cobertura mediática sobre la política de cohesión, en particular a nivel regional;
▪ Mejorar el conocimiento de los ciudadanos de los resultados de la política de cohesión y la repercusión en sus vidas;
▪ Lograr realizaciones y resultados concretos con un amplio alcance durante el período de duración de la medida, por,ejemplo a través de emisiones de radio y televisión, cobertura en línea o impresa y otro tipo de medidas de información y difusión, teniendo en cuenta el multilingüismo;
▪ Establecer una colaboración eficiente y eficaz entre la Comisión Europea y los beneficiarios de las subvenciones.
El público destinatario de las medidas de información que deben realizarse en el marco de la presente convocatoria es el público en general o las partes interesadas pertinentes. En concreto:
✔ Con respecto al público en general: el objetivo es informar a los europeos que no conocen la UE ni las acciones de esta en sus regiones sobre los resultados de la política de cohesión y su impacto en la vida de los ciudadanos. La información debe centrarse en desarrollar una mejor comprensión de la contribución de la política de cohesión al fomento del empleo y el crecimiento en Europa y a reducir las disparidades entre los Estados miembros y las regiones.
✔ Con respecto a las partes interesadas: el objetivo es colaborar con las partes interesadas (incluidas las autoridades nacionales, regionales y locales, los beneficiarios, las empresas y el mundo académico) con el fin de dar a conocer mejor el impacto de la política de cohesión en sus regiones y contribuir al debate sobre el futuro de la política de cohesión y, en general, sobre el futuro de Europa.
Se calcula que el presupuesto total destinado a la cofinanciación de proyectos en el marco de la presente convocatoria de propuestas asciende a 5 000 000 EUR.
El importe máximo de la subvención será de 300 000 EUR.
La Comisión se reserva el derecho a no distribuir todos los fondos disponibles.
País de establecimiento
Solo serán admisibles las solicitudes de entidades jurídicas establecidas en los Estados miembros de la UE.
A fin de valorar la admisibilidad de los solicitantes, se exigirá la presentación de los documentos justificativos siguientes:
Entidades privadas: extracto del boletín oficial, copia de los estatutos de la asociación, extracto del registro mercantil o del registro de asociaciones, certificado de sujeción al NIF-IVA (habida cuenta de que, en algunos países, el número de registro mercantil y el NIF-IVA son idénticos, será suficiente en ese caso uno de ambos documentos);
Entidades públicas: copia de la resolución, la decisión o cualquier otro documento oficial por el que se haya establecido la entidad de Derecho público;
Personas físicas: fotocopia del documento de identidad o del pasaporte; certificado de sujeción al IVA, si procede (por ejemplo, algunos trabajadores por cuenta propia)
Entidades sin personalidad jurídica: documentos que demuestren que su representante o representantes tienen capacidad para contraer obligaciones jurídicas en su nombre.
Tenga en cuenta que, durante el procedimiento, podrá indicarse a los solicitantes la necesidad de inscribirse y facilitar un código de identificación de participante (CIP, número de nueve dígitos), que se utilizará como identificador único de su organización en el registro de participantes. Los solicitantes recibirán instrucciones sobre cómo crear un CIP a su debido tiempo.
Previa comunicación del CIP del solicitante, los servicios de validación de la UE (Servicios de Validación de la Agencia Ejecutiva de Investigación) se pondrán en contacto con el solicitante (a través del sistema de mensajería integrado en el registro de participantes) y solicitarán a este último que facilite los documentos justificativos necesarios que prueben la existencia y el régimen jurídicos de la organización. Todos los detalles y todas las instrucciones pertinentes se facilitarán a través de esta notificación independiente.
Las actividades subvencionables serán las necesarias para llevar a cabo la medida de información y alcanzar las realizaciones y los resultados previstos, de conformidad con los objetivos, temas y público destinatario mencionados anteriormente.
Se invita a los solicitantes a presentar propuestas de proyectos de una duración máxima de 12 meses.
Capacidad financiera.
Los solicitantes deberán disponer de fuentes de financiación estables y suficientes para mantener su actividad a lo largo de toda la duración de la subvención, y deberán participar en su financiación. La capacidad financiera de los solicitantes se evaluará a partir de los siguientes documentos justificativos, que deberán presentarse junto con la solicitud:
▪ Una declaración jurada O BIEN la cuenta de pérdidas y ganancias, así como el balance de los dos últimos ejercicios financieros cerrados,
▪ Para las entidades de nueva creación: el plan de empresa podría sustituir a estos documentos; O
▪ El cuadro incluido en el formulario de solicitud, que se rellenará con los datos contables obligatorios pertinentes a fin de calcular los coeficientes indicados en el formulario.
Sobre la base de los documentos presentados, si la Comisión considera que la capacidad financiera es escasa, podrá:
▪ Solicitar más información;
▪ Decidir no conceder prefinanciación;
▪ Decidir conceder prefinanciación y abonarla en tramos (pagos fraccionados); ▪ Decidir conceder prefinanciación cubierta por una garantía bancaria; ▪ En su caso, exigir la responsabilidad financiera solidaria de todos los cobeneficiarios.
Si el ordenador competente considera que la capacidad financiera es insuficiente, desestimará la solicitud.
Capacidad operativa
Los solicitantes deberán contar con las competencias profesionales y las cualificaciones adecuadas necesarias para llevar a cabo la acción propuesta. A este respecto, los solicitantes deberán presentar una declaración jurada y los siguientes documentos justificativos:
▪ Una lista de los proyectos y las actividades realizados anteriormente y relacionados con la convocatoria o una lista de las actividades realizadas en los dos últimos años (máximo cuatro proyectos/actividades).
Podrán solicitarse documentos justificativos adicionales para confirmar la capacidad operativa.
Criterios de concesión
Se concederá un máximo de 100 puntos por la calidad de la propuesta. La puntuación mínima global exigida es de 60 puntos sobre 100 y en cada criterio deberá alcanzarse una puntuación mínima del 50 %. Solo las propuestas que cumplan los umbrales de calidad mencionados serán incluidas en la lista de clasificación. El hecho de alcanzar el umbral no implica la concesión automática de la subvención.
Modalidad de la subvención. Reembolso de los costes reales.
La subvención se definirá aplicando un porcentaje máximo de cofinanciación del 80 % a los costes subvencionables realmente contraídos y declarados por el beneficiario y sus entidades afiliadas.
Reembolso de los costes subvencionables declarados con arreglo a un porcentaje fijo.
La subvención se definirá aplicando un porcentaje máximo de cofinanciación del 80 % a los costes subvencionables declarados por el beneficiario y sus entidades afiliadas sobre la base de:
El importe a porcentaje fijo se abonará tras la aceptación de los gastos a que este vaya a aplicarse.
Costes subvencionables.
Los costes subvencionables deberán cumplir todos los criterios siguientes:
✔ Haber sido contraídos por el beneficiario;
✔ Haberse producido en el transcurso de la acción, con excepción de los costes relativos a informes finales y certificados de auditoría;
✔ El período de subvencionabilidad de los costes dará comienzo en la fecha especificada en el convenio de subvención;
✔ En caso de que el beneficiario pueda demostrar que es necesario iniciar la acción antes de que se firme el convenio, el período de subvencionabilidad de los costes podrá comenzar antes de dicha firma; el período de subvencionabilidad no podrá empezar en ningún caso antes de la fecha de presentación de la solicitud de subvención;
✔ Haber sido consignados en el presupuesto estimado de la acción, ✔ Ser necesarios para la ejecución de la acción objeto de la subvención; ✔ Ser identificables y verificables, en particular deben constar en la contabilidad
del beneficiario y haberse registrado de acuerdo con las normas contables aplicables del país en el que el beneficiario esté establecido y de conformidad con las prácticas contables habituales del beneficiario en materia de costes;se ajustan a las exigencias de la legislación fiscal y social aplicable;
✔ Ser razonables, estar justificados y cumplir el principio de buena gestión financiera, en especial en lo referente a la economía y la eficiencia.
Los procedimientos de contabilidad y control internos del beneficiario deberán permitir cotejar directamente los gastos e ingresos declarados en el marco de la acción o el proyecto con los estados contables y los justificantes correspondientes.
Se aplicarán los mismos criterios a los costes contraídos por las entidades afiliadas. Los costes subvencionables podrán ser directos o indirectos.
Escribenos y un equipo de profesionales se pondrá en contacto contigo para resolver cualquier duda sobre financiación o subvenciones.